Según establece la ley 2/1997 de 20 de Marzo de Turismo de Extremadura, constituyen Asociaciones de Empresarios Turísticos las agrupaciones voluntariamente formadas por los mismos con el fin de defender los intereses comunes de carácter turístico y definir estrategias de actuación, así como mejorar y asegurar convenientemente sus aspiraciones empresariales en el ámbito de su actividad turística.
Así mismo, son fines de Cetex:
Representación, gestión, defensa y fomento de los intereses económico-sociales y profesionales de todos sus miembros.
El estímulo de la unión de los intereses profesionales de sus miembros, sirviendo de cauce de solución y entendimiento para tratar de conseguir la máxima coordinación de actuación.
El establecimiento de servicios propios, concertados o contratados, de interés común para sus miembros, así como la realización de una labor de información y asesoramientos de todas aquellas materias que se consideren beneficiosas o convenientes.
La administración y disposición de los propios recursos, sean presupuestarios o patrimoniales, y su aplicación a los fines y actividades propios de la entidad.
Representar, gestionar y defender los intereses profesionales de sus miembros, a instancias de los mismos y en el ámbito autonómico, provincial o local frente a la Administración, Organismos autonómicos, Tribunales, Asociaciones, Colegios, Cámaras Federaciones, Sindicatos de trabajadores y técnicos, Personas físicas y jurídicas, etc, siendo los mencionados meramente enunciativos y no taxativos, pudiendo intervenir en negociaciones, adoptando las decisiones procedentes en la formalización de Convenios, Pactos, y Acuerdo Administrativos, Fiscales, Laborales Privados y su correspondiente tramitación. Así mismo, y previa solicitud expresa, podrá efectuar gestiones de representación y defensa en el ámbito territorial de los solicitantes y, siempre que no se lesiones intereses de otros miembros.
Establecer y fomentar los vínculos y colaborar con otras entidades de carácter patronal, que persigan como objetivo la defensa de la empresa privada y libre iniciativa, así como la propiedad y el sistema económico-social dentro de una economía de libre mercado, pudiendo confederarse, según proceda, con Entidades de carácter nacional e internacional, para la defensa de aquellos intereses que se determinen. En su caso, como comunes o afines.
Elaboración de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación, estudio e investigación de necesidades formativas, estudio e investigación de productos técnicos o herramientas de carácter innovador para mejorar los sistemas pedagógicos u organizativos de la formación colectiva, acciones de evaluación de la formación continua y desarrollo de jornadas técnicas de difusión de resultados de las acciones anteriormente citadas.
Todas cuantas otras funciones se consideren necesarias o convenientes para el cumplimiento de sus fines y para la legítima defensa de los intereses de las empresas asociadas.